Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242511
MateriaCivil,Derecho Civil

Para determinar en su ámbito territorial los efectos jurídicos de los matrimonios celebrados en el extranjero por mexicanos, el Código Civil de Durango en su artículo 156 se remite expresamente a las disposiciones de los números 13 y 161 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales. A su vez, el Código de Procedimientos Civiles de la entidad mencionada, establece en su artículo 329 que para que hagan fe en el Estado los documentos públicos procedentes del extranjero, deberán llenar los requisitos que fija el Código Federal de Procedimientos Civiles. Este último ordenamiento, en su artículo 131, a la letra dice: "para que hagan fe, en la República, los documentos públicos procedentes del extranjero, deberán presentarse debidamente legalizados por las autoridades diplomáticas o consulares, en los términos que establezcan las leyes relativas. En caso de imposibilidad para obtener la legalización a que se refiere el párrafo anterior, se aplicará lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 213". Cabe agregar, asimismo, que por legalización se entiende la anotación puesta en un documento por el funcionario facultado para ello, por virtud de la cual hace constar la autenticidad de la firma o firmas que en aquél aparecen, o bien para acreditar el carácter del funcionario que lo expidió, con el fin de que surta efectos legales en lugar distinto de donde fue formado. En este orden de ideas, es...

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