Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242302
MateriaCivil,Derecho Civil

En las leyes civiles sustantiva y adjetiva, no existe disposición alguna que establezca la pérdida del derecho a heredar del heredero que, dentro del término de cuarenta y cinco días que señala el artículo 27 de la Ley sobre H. y Legados del Estado de Michoacán, no promueva el juicio sucesorio, o la variación catastral que dispone el artículo 1047 del Código de Procedimientos Civiles del Estado; en esa situación, el que los demandantes hagan caso omiso de tales ordenamientos, con o sin causa justificada, no les puede afectar en sus derechos a la masa hereditaria del de cujus, ni en el que tienen de ejercitar la acción de petición de herencia correspondiente, si ésta no está prescrita en los términos del artículo 1076 del Código Civil de la entidad. El derecho a pedir la declaración de heredero en la sucesión, se da en el juicio respectivo hasta antes de la declaración de herederos por el Juez, y el de ejercitar la acción de petición de herencia hasta después de dicha declaración; eso significa que el momento en que se hace exigible el derecho de pedir la aludida declaración de heredero es diferente al en que se hace exigible el derecho de ejercitar la acción de petición de herencia, pues en el primer caso el derecho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR