Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242188
MateriaCivil,Derecho Civil

Los principios que se deducen de los artículos 612, 614, 615, 2082, 2084, 2087 y 2090 del Código Civil del Estado de México, en el sentido de que la incapacidad produce la nulidad relativa del acto; que éste puede llegar a valer por convalidación retroactiva, bien por la ratificación o confirmación por el mismo incapacitado, o bien por extinción de la acción mediante la prescripción negativa, y que de ella sólo puede prevalerse el propio incapacitado por sí o por representante legítimo, por estar instituida para tutelar sus intereses jurídicos, no son operantes en materia de testamentos. En primer lugar, porque los preceptos donde se determina el plazo para la prescripción, se refieren de manera exclusiva a los contratos y a las obligaciones. En segundo, porque atendiendo la ley al momento en que se hace el testamento para juzgar de la capacidad e igualmente a que en todo supuesto el término de la prescripción no podría empezar a correr sino hasta la muerte del testador, cualquiera que sea el lapso entre el otorgamiento y el fallecimiento, no se purgaría el vicio de incapacidad. Por último, porque en esta propia materia de testamentos, no es factible que tenga lugar la ratificación con sus efectos característicos de convalidación retroactiva, ni aun en la hipótesis en que se alude a revalidación (artículo 1334 del ordenamiento en consulta), ya que en este evento se tratará en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR