Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro241773
MateriaCivil

El derecho de subrogación se efectúa posteriormente al pago y, por lo tanto, en el juicio ejecutivo no puede sujetarse el pago de la prestación demandada a la condición de que la autoridad judicial declare primeramente que operó la subrogación, porque se invertiría el orden lógico de los actos jurídicos, ya que primero es el pago y después la subrogación. Por otra parte, el avalista que paga la letra de acuerdo con el artículo 115 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, tiene acción contra el avalado, y en el caso la acción cambiaria la tendrá el avalista a partir del momento...

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