Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro241553
MateriaCivil,Derecho Civil

Si la actora reclamó el pago de una pensión alimenticia para su menor hijo y además acompañó el acta de nacimiento de éste, resulta irrelevante que al inicio de su demanda tan solo haya manifestado que lo hacía por su propio derecho, puesto que al través de una correcta interpretación se debe entender que lo hacía también en el ejercicio del derecho de patria potestad que ejercía sobre el menor, mismo derecho que es irrenunciable porque encuentra su fundamento en dos ideas cardinales: la primera es que la patria potestad no constituye un genuino y propio derecho subjetivo o poder jurídico que se atribuye al titular para la consecución o logro de su interés, sino que, por el contrario, constituye una función jurídica o potestad. Frente a los derechos subjetivos, las potestades son poderes jurídicos que se atribuyen a una persona, no para que ésta realice a través de ellos sus propios intereses, sino el interés de otra u otras personas. Confluye por ello, en la idea de potestad, junto al elemento de poder jurídico, un elemento de deber o de obligatoriedad en el ejercicio. La regla del artículo 6o. del Código Civil (renunciabilidad de los derechos privados) es plenamente aplicable a los derechos subjetivos, pero, en cambio, no lo es a aquellas situaciones de poder jurídico que deben ser incluidas dentro del marco técnico de las potestades. El segundo fundamento de la irrenunciabilidad de la patria potestad se encuentra en el hecho de que al renunciarse a esa potestad, ello se haría indudablemente contra el orden público y en perjuicio de tercero, entendido el orden público como el conjunto de principios con...

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