Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro241250
MateriaCivil

El artículo 263, fracción XIII, del Código Civil del Estado de Chiapas, establece que es causa de divorcio la acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión. Ahora bien, los elementos esenciales que deben tenerse en cuenta para poder considerar calumniosa la acusación son que la imputación a una persona, de la comisión de un delito que merezca pena mayor de dos años de prisión, se haga a sabiendas el calumniador de que no se ha cometido el delito, o que el acusado es inocente. Por lo mismo, el Juez debe estudiar, en cada caso, tanto los términos de la denuncia, de la querella o de la acusación, cuanto el móvil o intención del acusador, así como los indicios o datos en que la imputación se apoya. En otras palabras, la ley quiere que para que sea calumniosa la acusación, el calumniador obre a sabiendas de que procede contra su víctima sin contar en su apoyo con...

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