Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240997
MateriaCivil

No es verdad que para que se surta la causa de divorcio consistente en la separación injustificada del hogar conyugal por más de seis meses, sea necesario que el abandono sea "absolutamente total", porque, además de que el artículo 152 del Código Civil del Estado de Jalisco establece la obligación de que los cónyuges vivan juntos (sólo por excepción y previa autorización judicial los esposos pueden vivir separados), esta Sala es de opinión de que basta que uno de los cónyuges abandone materialmente el domicilio conyugal y que ese abandono se prolongue injustificadamente por más de seis meses, para que se tipifique la causa de divorcio de que se viene...

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