Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240876
MateriaCivil

El artículo 235 del Código Civil para el Distrito Federal, previene que son causa de nulidad de un matrimonio: "...II. Que el matrimonio se haya celebrado concurriendo alguno de los impedimentos numerados en el artículo 156" y "III. Que se haya celebrado en contravención a lo dispuesto en los artículos 97, 98, 100, 102, 103". Del contenido de las fracciones transcritas del referido artículo 235, se desprende que mientras la fracción II establece la nulidad del matrimonio por haberse celebrado con la concurrencia de algunos de los impedimentos señalados en el artículo 156 del propio Código Civil, artículo este último que preceptúa como impedimento, entre otros, "La falta de consentimiento del que, o los que, ejerzan la patria potestad, el tutor o el J. en sus respectivos casos", la fracción III establece la nulidad del matrimonio, si éste no se celebró con las formalidades que se señalan en los artículos 97, 98, 100, 102 y 103 del propio código. El artículo 238 del mismo Código Civil previene que: "La nulidad por falta de consentimiento de los ascendientes sólo podrá alegarse por aquél o aquéllos a quienes tocaba prestar dicho consentimiento, y dentro de los treinta días contados desde que tengan conocimiento del matrimonio". En los términos del artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR