Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240781
MateriaComún

El principio de la indivisibilidad de la confesión está consagrado por el artículo 398 del Código de Procedimientos Civiles de Jalisco, que es semejante al 410 del Distrito Federal, al establecer que la confesión judicial o extrajudicial sólo produce efecto en lo que le perjudica al que la hace, pero no puede dividirse contra el que la hizo, salvo cuando se refiera a hechos diversos o cuando una parte de la confesión esté probada por otros medios de prueba o cuando en algún extremo sea contraria a la naturaleza o a las leyes. E.P., en su libro Diccionario de Derecho Procesal Civil (páginas 170 y 171), dice: "El principio de la indivisibilidad sólo concierne a la confesión cualificada porque la simple es de tal naturaleza que no puede dividirse. Dicho principio puede formularse en términos sencillos, diciendo que la confesión ha de tomarse tal como la hace el confesante sin admitir una parte de ella y rechazar en su perjuicio otra parte, salvo las excepciones que autoriza la ley. L. dice: "El que quiera invocar como única prueba de la veracidad de su aserto la declaración del contrario, debe invocarla en su integridad, sin que pueda utilizar, sin más, lo que le parezca útil, y rechazar, sin más lo que le perjudica". No ha faltado jurisconsulto que censure la norma de la indivisibilidad. B. sostuvo que es artificial y debía ser suprimida. Algunas leyes siguieron esta doctrina, pero las más recientes la rechazan. Más adelante P., refiriéndose a L., dice: "hace enseguida las siguientes observaciones: La cuestión de la indivisibilidad no existe para la confesión pura; no se puede dividir lo que por su propia naturaleza es indivisible". Es más, este autor, respecto a L., también dice: "Cualificada, la que reconoce el hecho afirmado por la contraria, pero alegando algo que le impide producir sus efectos". Tratándose de un contrato de mutuo garantizado con hipoteca, si el absolvente acepta haber recibido el importe de unos cheques, pero niega que su valor haya sido aplicado al adeudo hipotecario, sino que afirma fue en pago de otras cuentas que tenía con el deudor, se trata de una confesión...

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