Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240748
MateriaCivil

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteradamente ha sostenido que la petición de herencia es acción real de naturaleza estrictamente patrimonial y el objeto de la misma es la reivindicación de la herencia por el heredero y el pago de prestaciones accesorias, por lo que el hecho de recurrir a las pruebas del estado civil de las personas mediante las actas del Registro Civil sólo tiene como finalidad probar el elemento constitutivo de la acción de petición de herencia consistente en que se haya hecho declaración de herederos donde se excluya u omita a los actores y no con motivo del ejercicio de una acción del estado civil que afecte el orden o la estabilidad de la familia y si, por otra parte, la cuantía del negocio resulta indeterminada o inferior a seiscientos mil pesos, no se surte la competencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte prevista en el artículo 26, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Amparo directo 3110/80. M.M.L.. 24 de abril de 1981. Cinco votos. Ponente: J.O.T..


Séptima Epoca, Cuarta Parte:


Volúmenes 91-96, página 72. Amparo directo 1291/76. G.B.G.. 8 de noviembre de 1976. Cinco votos. Ponente: J.R.P.V..


Volúmenes 91-96, página 70. Amparo directo 5210/74. M.N.H.A.. 24 de septiembre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.T.C..


Volúmenes 91-96, página 71. Amparo directo 4817/74. M.E.R.. 28 de julio de 1976. Unanimidad de cuatro...

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