Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro240020
MateriaCivil,Derecho Civil

El contrato de reconocimiento de adeudo surte los efectos de un instrumento público, a virtud de su autenticación ante corredor público, quien tiene fe pública de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 del Código de Comercio, el que está legalmente facultado para intervenir en el acto de autenticación, por tratarse del reconocimiento de un adeudo de una sociedad mercantil en favor de otras, o sea, de un acto de comercio, pues de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 75, fracción XXI del Código de Comercio en consulta, la ley considera como actos de comercio, las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil. Además, el referido contrato de reconocimiento de adeudo, surte los efectos de un instrumento público, en vista de que con motivo de su autenticación, se levantó el acta correspondiente que contiene la relación escrita del acto jurídico en el que el corredor intervino, consistente en la ratificación del contenido y firmas de dicho contrato por parte de quienes lo suscribieron, así como la relación de las circunstancias relativas a esa ratificación, y tal acta está autorizada con el sello y la firma del corredor. Por tanto, aun cuando inicialmente el contrato de reconocimiento de adeudo se haya hecho constar en un documento privado, tal documento...

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