Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239885
MateriaCivil

El juzgador tiene que saber si cuando se principió a poseer el bien, fue por afectación o menoscabo del derecho del titular del de propiedad, y a fin de poder deducir si al causahabiente se le transmitió el derecho a la acción reivindicatoria, en consideración a que como la posesión da al que la tiene la presunción de propietario, para todos los efectos legales, y se presume que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que se adquirió (artículo 768 y 797 del Código Civil del Estado de Chihuahua), para desvirtuar esas presunciones, que son juris tantum, debe el reivindicante demostrar que cuando el demandado principió a poseer el bien, su causante era el propietario, y sólo así se puede tener por acreditado plenamente el elemento "propiedad" de la acción reivindicatoria; de todo lo cual se concluye que cuando el demandado confiesa que el actor es dueño, no es necesario que el reivindicante presente otro título anterior a la posesión del demandado, porque, entonces, aquellas presunciones quedan desvirtuadas con la confesión, y carece de aplicación la tesis jurisprudencial número nueve publicada en la página treinta y dos de la compilación de 1985, que dice: "Cuando el reivindicante tiene un título de propiedad y el demandado no tiene ninguno, aquel título basta para tener por demostrado el derecho del actor, siempre que dicho título sea...

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