Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239798
MateriaComún

La memoranda que ante el Ministro ponente se presenta no interrumpe el término que para la configuración de la causal de sobreseimiento por inactividad procesal prevé el artículo 74, fracción V, de la Ley de Amparo, pues sólo puede otorgárseles el carácter de promociones a aquellos documentos que, oficialmente, ante el tribunal que conoce del amparo se presenten, ya que, por una parte, los Ministros no constituyen dicho tribunal y, por la otra, sólo de esta forma se puede tener constancia fehaciente de la fecha de presentación del escrito relativo.

Amparo directo 6328/85. H.S.M.. 12 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: L.F.M.P..

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