Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239758
MateriaCivil,Derecho Civil

Atento a los términos del artículo 673 del Código Civil del Estado de Veracruz que textualmente dispone: "Los vicios o defectos que tengan las actas, sujetan al encargado del registro a las penas establecidas; pero cuando no son sustanciales, no producen la nulidad del acto, a menos que judicialmente se pruebe la falsedad de éste"; los vicios no sustanciales como la falta de impresión digital del menor y la falta de firma de los testigos, no son idóneos para producir la nulidad planteada, menos cuando no se pone en duda la celebración de tales acontecimientos, sino sólo se señalan...

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