Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239655
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

Atento al texto de los artículos 118, 121, 122, 123 y 124 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, así como a la inexistencia de disposición alguna que establezca la obligación de publicar en el Boletín Judicial el contenido de las determinaciones judiciales que se vayan a notificar mediante el referido medio informativo, es evidente que la falta de inclusión del mencionado contenido, no es susceptible de invalidar la notificación de que se trate, máxime que la finalidad del susodicho boletín es que las partes en el juicio ocurran al tribunal a enterarse de los términos de la resolución materia de la publicación.

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