Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239420
MateriaComún

El artículo 14 de la Constitución Federal consagra la garantía de audiencia al establecer que nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. Por otra parte la Suprema Corte ha establecido que dicha garantía es efectiva aun frente a las leyes, de tal suerte que el Poder Legislativo debe acatarla, instituyendo en las mismas los procedimientos en los que se conceda al gobernado la oportunidad de ser escuchado en defensa por las autoridades encargadas de su aplicación. El Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, en su título primero, capítulo quinto, establece para tales autoridades la obligación de notificar a las partes todas las resoluciones que dicten; y en su título octavo consigna los recursos correspondientes, en todos aquellos casos en que puedan resultar afectados sus derechos, dándoles...

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