Tesis Aislada, , 1 de Junio de 1988 (Tesis de Tercera Sala, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro207611
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; I, Primera Parte-1, Enero a Junio de 1988; Pág. 349
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Aun cuando los testigos tengan tachas por ser amigos o parientes de la parte que los presente, lo que hace dudosos sus testimonios; circunstancia que por sí sola no invalida sus declaraciones, ya que el juzgador puede libremente, haciendo uso de su arbitrio, atribuir o restar valor probatorio a las declaraciones, expresando las razones en que apoye su proceder, máxime en juicios en donde se debaten cuestiones de tipo familiar, en los que muchas veces los mejores testigos tendrán la tacha de ser parientes o amigos de las partes.

Amparo directo 7891/87. N.M.D.. 7 de enero de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.M.V.L.. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.E.F.M.G.P..


Amparo directo 4018/87. A.R.S. e I.P. de R.. 10 de septiembre de 1987. Ponente: M.A.G...

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