Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro803274
MateriaCivil

Para los efectos de considerar la existencia de la causal señalada en la fracción IX del artículo 322 del Código Civil, es indispensable haber establecido el hogar conyugal, propio y exclusivo de los consortes, y la cónyuge demandada no lo tuvo, si siempre vivió en el domicilio de sus padres.

Amparo directo 572/60. J.J.R.C.. 15 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: M.R.V..


Sexta Epoca, Cuarta Parte:


V.X., página 85. Amparo directo 263/60. A.P.R.. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.R.S..


Volumen XX, página 96. Amparo directo 3478/58. A.C. de S.. 27 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.R.V..


V.V., página 162. Amparo directo 3756/57. D.S.. 15 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.G.N..


Volumen V, página 69. Amparo directo 7426/56. Estela Piña de L.. 22 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: V.S.G..


Nota:


En el V.X., página 85, V.V., página 162, y Volumen V, página 69, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".


En el Volumen XX, página 96, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).".

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