Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro804531
MateriaPenal

No era menester para que se entablara la contienda, que el ofendido sacara el arma y que hiciera uso de ella, porque para considerar la existencia de la riña fundamentalmente debe atenderse a la intención de quienes intervienen en ella y no de manera exclusiva a sus acciones materiales. Aceptada la riña por ambos protagonistas, actitud en la que cada uno está dispuesto a causarse daño recíproco, la rapidez o destreza de uno de ellos, puede impedir que el otro actúe con la debida oportunidad para que se sincronice la acción de los rijosos. En esas condiciones, no puede exigirse que la contienda se constituye únicamente al concurrir la acción material de los que...

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