Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro804767
MateriaCivil,Derecho Civil

Aunque una demanda de amparo se haya presentado con anterioridad a la fecha en que entraron en vigor las reformas de treinta de diciembre de mil novecientos cincuenta, si se admitió con posterioridad, no es aplicable el artículo 5o. transitorio, del decreto de reformas a la Ley de Amparo, sino la fracción V del artículo 74, de la misma ley, y por tanto, si han transcurrido más de ciento ochenta días desde el último acto procesal y desde la última promoción del quejoso, debe sobreseerse.

Tomo CXV, página 1437. I.A.. Amparo directo 4936/51. A.S. y coagraviados. 16 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: R.E.. Ponente: G.G.R..


Tomo CXV, página 87. Amparo civil directo 4934/51. S.D.. 16 de enero de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente...

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