Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro805648
MateriaCivil

Sólo un título literal de crédito en circulación, obliga a estar a sus términos, sin más discusiones; pero cuando el documento base de la acción, consistente en un convenio sobre honorarios por prestación de servicios profesionales, es objeto de excepciones relacionadas con la clase y naturaleza de los servicios prestados, debe estudiarse si efectivamente se prestaron tales servicios y aplicarse las reglas del derecho civil. Ahora bien, no puede aceptarse que el mencionado convenio sea un título ejecutivo, en los términos del artículo 443, fracción IV, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, si cuando se presentó en el juicio, aun no había sido reconocido, circunstancia ésta que, de haberse invocado en el amparo, sería bastante para conceder la protección federal contra la sentencia que consideró procedente la vía ejecutiva; pero aunque no se haya alegado, es claro que no tratándose de un título de crédito, ha lugar a discutir las condiciones del contrato que dio origen al convenio, y siendo dicho contrato el de prestación de servicios regido por el Código Civil, la autoridad responsable debió examinar si efectivamente se prestaron los servicios, conforme a lo...

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