Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro805753
MateriaCivil

Los artículos 304 y 306 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales no son aplicables a la prueba en materia mercantil, porque el Código de Comercio contiene reglas especiales referentes a la oportunidad en que deben practicarse las diligencias de prueba, según se advierte de los siguientes preceptos: Artículo 1201. "Las diligencias de prueba sólo podrán practicarse dentro del término probatorio, bajo pena de nulidad y responsabilidad del Juez. En los negocios mercantiles es improcedente el término supletorio de prueba". Artículo 1202. "No obstante a lo dispuesto en el artículo anterior, las reglas que se establecen en los artículos 1320 (tachas), 1386 y 1387 (admisión de pruebas documentales fuera de...

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