Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro806442
MateriaCivil,Derecho Civil

Los artículo 490 y 492 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que se refieren al juicio sumario de desahucio, no pueden aplicarse por analogía, en un juicio sumario de rescisión de contrato de arrendamiento, por falta de pago puntual de las pensiones convenidas, pues si bien tanto la rescisión como el desahucio, persiguen la misma finalidad, que es obtener la desocupación de la localidad arrendada, el fundamento de la acción es distinta, pues en la desahucio sólo se reclama la falta de pago, que puede efectuarse en el momento del requerimiento o dentro del plazo señalado para la desocupación, o fuera del mismo, terminado entonces la providencia de lanzamiento, y en la rescisión se reclama, no precisamente la falta de pago, sino que el mismo no se hubiera hecho en los términos del convenio o de la ley, y en esos casos, aun cubriéndose las...

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