Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro813554
MateriaCivil

El artículo 1167 del Código de Comercio cuando habla del reconocimiento de la firma de los documentos mercantiles para preparar la acción ejecutiva, no lleva la idea ni se refiere precisamente a que se reconozca determinado nombre o caracteres o letras del alfabeto que contengan los sonidos con que se pronuncia el nombre de la persona deudora u obligada en un documento o en una operación, sino que se trata del reconocimiento de los caracteres, signos o nombre que use o estampe determinada persona en un documento para obligarse a responder del contenido de ese documento o para hacer constar que ha recibido alguna cosa, por ser ese nombre, signo o caracteres, los que ha aceptado y han convenido al deudor para quedar obligado con el dueño del documento firmado o acreedor que haya entregado la cosa. Sabido es que muchas personas ponen al calce de los documentos, rayas o líneas rectas o curvas, y que resultan de ello nombres ilegibles, pero que esas personas han aceptado como su firma para hacer constar su nombre y obligación, y además en otros casos se observa en las negociaciones que los pedidos sean recibidos por los empleados, quienes firman las facturas o recibos y...

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