Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro815962
MateriaComún

El sobreseimiento que se funda en haberse promovido el amparo después de vencido el término que señala el artículo 21 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, es improcedente si no aparece demostrado que la parte quejosa conoció la existencia del acto reclamado en forma de poder ocurrir al juicio de garantías, esto es, sabiendo cuál fue la autoridad que lo dictó, la fecha de la resolución que impugna y la ley aplicada.

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