Tesis Aislada, (Tesis num. 66 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro900739
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

Tanto la Constitución General de la República como la Ley Reglamentaria de sus Artículos 103 y 107, establecen el amparo contra leyes, regulando los distintos términos para la presentación de la demanda. Por otra parte, la interposición del juicio de amparo en contra de una ley tiene como finalidad precisamente evitar su aplicación en perjuicio del quejoso y, en caso que ya haya sido aplicada, que el acto de aplicación quede sin efecto. En tal virtud, la aprobación o expedición de una ley no puede considerarse como un acto consumado de modo irreparable para efectos del juicio de garantías, máxime que, de conformidad con el artículo 80 de la Ley de Amparo, la sentencia que conceda la protección constitucional tiene por objeto restituir al agraviado en el goce de la garantía individual violada.

Amparo en revisión 496/89.-J.L.H...

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