Tesis Aislada, (Tesis num. 2039 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro902712
MateriaConstitucional

Dicho precepto al señalar "... en caso de accidentes aéreos, el personal técnico aeronáutico del vuelo que tripule las aeronaves accidentadas, quedará por ese solo hecho, sin poder asumir las funciones que le confiere su respectiva licencia, hasta en tanto la autoridad competente determina la aptitud física, mental y técnica de dicho personal ...", no puede considerarse como autoaplicativo, toda vez que no causa perjuicios con su sola iniciación de vigencia, requiriéndose, en primer lugar, que ocurra un accidente aéreo y, en segundo, que el quejoso haya figurado como personal técnico...

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