Tesis, (Tesis de Tercera Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro240316
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Procesal

APELACION EN MATERIA MERCANTIL, DESECHAMIENTO DEL RECURSO DE. PROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTIAS.

En virtud de que esta Tercera Sala sustenta jurisprudencia en el sentido de que los recursos de denegada apelación y de queja por denegada apelación son improcedentes en los juicios mercantiles por no estar regulados por el código de la materia, ni se puede aplicar al respecto supletoriamente la ley común que los establece, por ser el Código de Comercio un ordenamiento especial que se estima privilegiado, entre cuyos propósitos figura el de la celeridad de los juicios mercantiles, simplificando trámites y limitando o suprimiendo recursos, se colige que el recurso de revocación contenido en el artículo 1334 del Código de Comercio también es improcedente para impugnar el auto que deseche el recurso de apelación, pues al no haber regulado el legislador el recurso de denegada apelación ni establecido el de queja, claramente se pone de relieve que su intención fue la de suprimir en el Código de Comercio la procedencia de recurso ordinario alguno contra el desechamiento de una apelación. De lo anterior resulta que en el supuesto de admitir la procedencia del recurso de revocación, implicaría la creación de un nuevo recurso, es decir, el de "revocación por denegada apelación", desconocido en nuestro sistema jurídico, tanto en materia del procedimiento civil como del mercantil. Además cabe precisar que no puede hacerse valer un recurso en contra del auto que desecha otro, si no está expresamente regulado en la ley para el caso concreto. En...

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