Tesis, (Tesis num. 32 de Tercera Sala (Reiteración))

Número de registro395306
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaCivil,Derecho Civil

Cuando el reivindicante tiene un título de propiedad y el demandado no tiene ninguno, aquel título basta para tener por demostrado el derecho del actor, siempre que dicho título sea anterior a la posesión del demandado. Cuando la posesión es anterior al título, entonces es necesario que el reivindicante presente otro título anterior a la posesión de que disfruta el demandado. Cuando las dos partes tienen títulos, pueden distinguirse dos casos: aquel en que los títulos tengan el mismo origen, y en el que tengan orígenes diversos; si proceden de una misma persona, entonces se atenderá a la prelación en el registro y si no está registrado ninguno de los títulos, entonces se atenderá al primero en fecha; si los títulos proceden de distintas personas, entonces prevalecerá la posesión cuando los títulos sean de igual calidad, y salvo el caso de que en el conflicto que hubiere habido entre los causantes de ambos títulos, haya prevalecido el del actor.

Quinta Epoca


Tomo XXXIV, pág. 551. Amparo civil directo 4408/29, 1a.S.. J.P.. 21 de enero de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo XXXV, pág. 91. Amparo civil directo 1533/30, 2a.S.. T.S.. 6 de mayo de 1932. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo XXXV, pág. 1270. Amparo civil directo 516/26, 3a.S.. A.N.. 13 de julio de 1932. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre...

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