Tesis, (Tesis num. 299 de Tercera Sala (Reiteración))

Número de registro900299
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional

El artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no establece ninguna relación de jerarquía entre las legislaciones federal y local, sino que en el caso de una aparente contradicción entre las legislaciones mencionadas, ésta se debe resolver atendiendo a qué órgano es competente para expedir esa ley de acuerdo con el sistema de competencia que la N.F. establece en su artículo 124. Esta interpretación se refuerza con los artículos 16 y 103 de la propia Constitución, el primero al señalar que la actuación por autoridad competente es una garantía individual, y el segundo, al establecer la procedencia del juicio de amparo si la autoridad local o federal actúa más allá de su competencia constitucional.

Octava Época:


Amparo en revisión 1838/89.-B.J.F., S.A. de C.V. y otros.-14 de mayo de 1990.-Cinco votos.-Ponente: J.C.M.G.: J.J.T.O..


Amparo en revisión 3776/89.-Carrancedo Alimentos, S.A. de C.V.-18 de junio de 1990.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: S.H.C.G..-Secretario...

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