Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 8 de Enero de 2016 (Tesis num. 2a./J. 171/2015 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 08-01-2016 (Reiteración))
Número de registro | 2010743 |
Número de resolución | 2a./J. 171/2015 (10a.) |
Fecha de publicación | 08 Enero 2016 |
Fecha | 08 Enero 2016 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Laboral |
Localizador | 10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 171/2015 (10a.) |
Conforme a las fracciones I y X del artículo 10 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, los servidores públicos de carrera gozan de estabilidad y permanencia en el empleo, y tienen derecho a recibir una indemnización en los términos de ley en caso de despido injustificado, lo que implica que el legislador federal decidió hacer extensiva a esa clase de servidores públicos, los cuales están conceptualizados como trabajadores de confianza en términos de la fracción IX del artículo 3 del ordenamiento citado, una protección en materia de trabajo que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 123, apartado B, fracción XIV, no les reconoce. Ahora bien, la indemnización prevista en la fracción X del artículo 10 referido no comprende el pago de salarios caídos, toda vez que el principio de estabilidad y permanencia en el empleo debe interpretarse en términos restrictivos, es decir, únicamente dentro del marco de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, ya que una concepción contraria, conduciría a otorgar a sus integrantes una protección que el legislador secundario no tuvo la intención de conferirles; de ahí que si la legislación aludida no establece, bajo ningún supuesto, el derecho de los servidores públicos de carrera a recibir el pago de los salarios caídos, debe entenderse que el creador de la norma no quiso beneficiarlos con tal protección, sin que les resulten aplicables las prestaciones contempladas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en virtud de que su artículo 8o. excluye de su observancia a los servidores públicos de confianza.
Amparo directo en revisión 4612/2014. M.N.O.J.. 6 de mayo de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Disidente: J.N.S.M.. Ponente: A.P.D.. Secretario: L.J.G.R..
Amparo directo en revisión 583/2015. C.G.G.T.. 9 de septiembre de 2015. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Ausente: J.N.S.M.. Ponente: A.P.D.. Secretarios: J.J.L.D. y J.A.M.G..
Amparo directo en revisión 823/2015. A.C.S.. 14 de octubre de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Disidente: J.N.S.M.. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: T.S.M..
Amparo directo en revisión 1744/2015. Titular de la Secretaría de Gobernación. 14 de octubre de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Disidente: J.N.S.M.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.J.G.R..
Amparo directo en revisión 2519/2015. A.E.G.. 25 de noviembre de 2015. Mayoría de cuatro votos de los Ministros E.M.M.I., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Disidente y Ponente: J.N.S.M.. Secretario: R. de la P.L.F..
Tesis de jurisprudencia 171/2015 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dos de diciembre de dos mil quince.
Esta tesis se publicó el viernes 08 de enero de 2016 a las 10:10 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 11 de enero de 2016, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-05-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5157/2017)
...(indemnización previa aclaración), era de aplicación obligatoria respecto a la procedencia del pago de salarios caídos la jurisprudencia 2a./J. 171/2015 (10a.)8 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; lo anterior, puesto que se publicó el viernes ocho de enero de do......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-05-2016 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4443/2015)
...X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, y como consecuencia se emitió la jurisprudencia 2a./J. 171/20157, la cual indica que dicha indemnización no comprende el pago de salarios caídos; sin embargo, debido a la imposibilidad jurídica del present......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-08-2016 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3773/2015)
...Tesis: Jurisprudencia Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 26, Enero de 2016, Tomo II Materia(s): Laboral Tesis: 2a./J. 171/2015 (10a.) Página: 1102 SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. LA INDEMNIZACIÓN PREVISTA EN LA FRACCIÓN X DEL A......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-03-2018 (RECURSO DE RECLAMACIÓN OPOSICIÓN A LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES 121/2018)
...DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO CONSTITUYE UNA RESTRICCIÓN CONSTITUCIONAL, POR LO QUE LES RESULTAN INAPLICABLES NORMAS CONVENCIONALES” y 2a./J. 171/2015 (10a.) de rubro: “SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. LA INDEMNIZACIÓN PREVISTA EN LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCUL......
-
Estabilidad en el empleo de los servidores públicos de confianza burocráticos
...como referencia sobre el derecho indemnizatorio: Registro: 2010743. Instancia: Segunda Sala. Décima Época. Materias(s): Laboral. Tesis: 2a./J. 171/2015 (10a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 26, enero de 2016, Tomo II. página 1102. Tipo: Jurisprudencia. Sobre ......