Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 24 de Junio de 2016 (Tesis num. 2a./J. 72/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 24-06-2016 (Reiteración))

EmisorSegunda Sala
Número de resolución2a./J. 72/2016 (10a.)
Fecha24 Junio 2016
Número de registro2011946
Fecha de publicación24 Junio 2016
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún, Administrativa,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 2a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 2a./J. 72/2016 (10a.)

Si en el juicio de amparo indirecto se reclaman actos de la Comisión Federal de Electricidad relacionados con el suministro de energía eléctrica y en contra de la determinación del Juez de Distrito que deseche o admita la demanda, que conceda o niegue la suspensión provisional o definitiva, o que sobresea en el juicio, se interpone algún recurso, corresponde conocer de éste a los Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa. Lo anterior no prejuzga sobre si los actos que se reclaman de la Comisión Federal de Electricidad deban o no considerarse de autoridad para efectos de la procedencia del juicio de amparo, pues esa decisión, dependiendo del recurso promovido, constituye el fondo del asunto y será resuelto por los propios Tribunales Colegiados de Circuito, en atención a los planteamientos y supuestos del caso.

Conflicto competencial 272/2015. Suscitado entre los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo y Civil y de Trabajo, ambos del Décimo Circuito. 20 de abril de 2016. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Ponente: J.L.P.. Secretario: J.O.H.S..


Conflicto competencial 224/2015. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Primero en Materia Civil y Segundo en Materia Administrativa, ambos del Sexto Circuito. 20 de abril de 2016. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretaria: N.P.C.F..


Conflicto competencial 222/2015. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo y Segundo en Materia Civil, ambos del Décimo Primer Circuito. 20 de abril de 2016. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.J.G.R..


Conflicto competencial 226/2015. Suscitado entre los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo y Civil y de Trabajo, ambos del Décimo Circuito. 20 de abril de 2016. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.J.G.R..


Conflicto competencial 205/2015. Suscitado entre los Tribunales Colegiados Segundo en Materia Administrativa y Primero en Materia de Trabajo, ambos del Séptimo Circuito. 27 de abril de 2016. Cinco votos de los Ministros E.M.M.I., J.L.P., J.F.F.G.S., M.B.L.R. y A.P.D.. Ponente: E.M.M.I.S.: L.J.G.R..


Tesis de jurisprudencia 72/2016 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de junio de dos mil dieciséis.

Esta tesis se publicó el viernes 24 de junio de 2016 a las 10:24 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 27 de junio de 2016, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
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