Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 1995 (Tesis num. 2a./J. 47/95 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-1995 (Reiteración))
Número de registro | 200724 |
Número de resolución | 2a./J. 47/95 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 1995 |
Fecha | 01 Septiembre 1995 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; II, Septiembre de 1995; Pág. 293 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Administrativa |
Es criterio unánime, tanto de la doctrina como de la jurisprudencia, que la facultad reglamentaria conferida en nuestro sistema constitucional al Presidente de la República y a los Gobernadores de los Estados, en sus respectivos ámbitos competenciales, consiste, exclusivamente, dado el principio de la división de poderes imperante en la expedición de disposiciones generales, abstractas e impersonales que tienen por objeto la ejecución de la ley, desarrollando y completando en detalle sus normas, pero sin que, a título de su ejercicio, pueda excederse el alcance de sus mandatos o contrariar o alterar sus disposiciones, por ser precisamente la ley su medida y justificación.
PRECEDENTES:
Revisión fiscal 59/81. Playa S.V., S.A. 4 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: C.d.R.R.. Secretario: J.A.M.G..
Amparo en revisión 3227/90. Empresas Tylsa, S.A. de C.V. 29 de agosto de 1994. Mayoría de cuatro votos. Disidente: A.G.M.. Ponente: N.C.L.. Secretario: L.I.R.G..
Amparo en revisión 2165/93. Compañía Azucarera del Ingenio de Bellavista, S.A. 9 de junio de 1995. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: M.L.B. de la Luz.
Amparo en revisión 862/93. Ingenio J.M.M., S.A. 9 de junio de 1995. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.R.M..
Amparo en revisión 1841/94. F.J.L.G.F.. 18 de agosto de 1995. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: G.M.H..
Tesis de Jurisprudencia 47/95. Aprobada por la Segunda Sala de este alto Tribunal, en sesión privada de veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y cinco, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: Presidente J.D.R., G.D.G.P., M.A.G., G.I.O.M. y S.S.A.A..
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Anexos
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