Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 31 de Julio de 2013 (Tesis num. P. XXVIII/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-07-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónP. XXVIII/2013 (10a.)
Fecha de publicación31 Julio 2013
Fecha31 Julio 2013
Número de registro2004075
MateriaConstitucional
Localizador [TA] ; 10a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 1; Pág. 65. <b>P. XXVIII/2013 (10a.).</b>
EmisorPleno

Como producto de la reforma a la Constitución Política del Estado de Q.R., publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 17 de febrero de 2011, se creó el Municipio de Bacalar, razón por la que no cuenta con un Ayuntamiento electo de manera directa, sino con un Concejo Municipal. Dicho Concejo, en términos de los artículos segundo y cuarto transitorios del indicado decreto, es el órgano constitucional de gobierno que cuenta con todas la facultades administrativas y políticas en dicho Municipio para tomar todas y cada una de las decisiones que corresponden originariamente al Ayuntamiento, por lo que la votación y resolución en el sentido de aprobar las reformas constitucionales resultan legítimas y tienen pleno valor para efectos del procedimiento respectivo.

Acción de inconstitucionalidad 67/2012 y sus acumuladas 68/2012 y 69/2012. Partidos Políticos Nacionales Acción Nacional, de la Revolución Democrática y del Trabajo. 14 de marzo de 2013. Mayoría de ocho votos en relación con el sentido; votaron en contra: A.G.O.M. y M.B.L.R.. Mayoría de siete votos respecto de las consideraciones contenidas en esta tesis; votó en contra: S.A.V.H.; votaron con reservas: L.M.A.M. y O.S.C. de G.V.. Ausente: J.M.P.R.. Ponente: A.P.D.. Secretario: J.J.L.D..


El Tribunal Pleno, el veinticuatro de junio en curso, aprobó, con el número XXVIII/2013 (10a.), la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a veinticuatro de junio de dos mil trece.

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