Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 31 de Mayo de 2013 (Tesis num. 1a. CLXIX/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-05-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2003539
Número de resolución1a. CLXIX/2013 (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2013
Fecha31 Mayo 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 530. 1a. CLXIX/2013 (10a.).
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional

Una de las funciones primordiales de las delegaciones consulares es proporcionar ayuda a los connacionales que se encuentran en problemas fuera de su país. Así, el artículo 36, primer párrafo, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares es el resultado de un consenso internacional: los extranjeros se enfrentan a desventajas singulares al momento de ser detenidos por una autoridad y someterse a un proceso penal bajo las normas de un ordenamiento jurídico que les resulta extraño. El derecho a la notificación, contacto y asistencia consular representa el punto de encuentro entre dos preocupaciones básicas del derecho internacional. Por un lado, afianzar el papel de las oficinas consulares como representantes de la soberanía de su país de origen y, por el otro, la creciente preocupación de la comunidad internacional por el respeto a los derechos humanos, siendo particularmente relevante la tutela judicial efectiva de aquellos derechos que conforman las garantías del debido proceso. En la jurisprudencia internacional, la importancia de este derecho fundamental ha sido reconocida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al emitir la Opinión Consultiva OC-16/99, que lleva por título "El derecho a la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido proceso". En esta resolución, la Corte Interamericana estableció que el derecho a la asistencia consular es parte del corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos contemporáneo, por lo que debe ser reconocido y considerado en el marco de las garantías mínimas para brindar a los extranjeros la oportunidad de preparar adecuadamente su defensa y contar con un juicio justo. En esta misma línea, la Corte Internacional de Justicia, en la causa relativa a Avena y otros nacionales mexicanos (México v. Estados Unidos de América), reconoció que el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares consagra un verdadero derecho fundamental para los individuos detenidos en el extranjero y que los Estados deben propiciar todas las medidas posibles que otorgue su ordenamiento jurídico a fin de reparar a los extranjeros las violaciones a este derecho.

Amparo directo en revisión 517/2011. 23 de enero de 2013. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.R.C.D., quien formuló voto particular y J.M.P.R.; A.Z.L. de L. formuló voto concurrente. Ponente: O.S.C. de G.V.. Secretarios: J.M. y G. y B.J.J.R..


Nota: Sobre el tema tratado en esta tesis, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la jurisprudencia 1a./J. 94/2017 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 24 de noviembre de 2017 a las 10:35 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 48, Tomo I, noviembre de 2017, página 202, de título y subtítulo: "DERECHO FUNDAMENTAL A LA NOTIFICACIÓN, CONTACTO Y ASISTENCIA CONSULAR. FINALIDAD DEL ARTÍCULO 36, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE RELACIONES CONSULARES EN EL DERECHO INTERNACIONAL."

6 sentencias
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-11-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2551/2015)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • November 18, 2015
    ...anterior, deberá cumplirse antes de que este rinda su primera declaración ante las autoridades. Sobre el particular, se aplicó la tesis 1a. CLXIX/2013 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte, de rubro: “DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS EXTRANJEROS A LA NOTIFICACIÓN, CONTACTO Y ASISTENCIA C......
  • Sentencia N° 906-2015 de la Sala 5, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2015
    • México
    • January 14, 2016
    ...la Décima Época, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XX, Mayo de 2013, Tomo 1, Materia Constitucional, Tesis: 1a. CLXIX/2013 (10a.), Página: 530, bajo el epígrafe de: DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS EXTRANJEROS A LA NOTIFICACIÓN, CONTACTO Y ASISTENCIA CONSULAR. LA FINA......
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
    • México
    • Primera Sala
    • November 30, 2017
    ...J.M. y G. y B.J.J.R.." Asimismo, resulta igualmente aplicable por identidad de razón, la diversa tesis aislada en materia constitucional 1a. CLXIX/2013 (10a.), emitida por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en la Décima Época del Semanario Judicial d......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-12-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2763/2015)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • December 2, 2015
    ...anterior, deberá cumplirse antes de que este rinda su primera declaración ante las autoridades. Sobre el particular, se aplicó la tesis 1a. CLXIX/2013 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte, de rubro: “DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS EXTRANJEROS A LA NOTIFICACIÓN, CONTACTO Y ASISTENCIA C......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • Las garantías del debido proceso legal a favor de los migrantes en el Estado Mexicano
    • México
    • Letras Jurídicas Núm. 24, Marzo 2017
    • March 1, 2017
    ...consular es un derecho en sí mismo y también es un “derecho instrumental” para la defensa y demás intereses de los que sean 772003539, 1a. CLXIX/2013, SJFyG, Décima Época, mayo de 2013, libro XX, t. 1, p. 530. 782003542, 1a. CLXVIII/2013, SJFyG, Décima Época, mayo de 2013, libro XX, t. 1, p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR