Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 31 de Mayo de 2012 (Tesis num. 1a. XCIV/2012 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-05-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. XCIV/2012 (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2012
Fecha31 Mayo 2012
Número de registro2000790
Localizador [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 1; Pág. 1092. 1a. XCIV/2012 (10a.).
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional

Los agravios encaminados a tildar de inequitativo un impuesto indirecto, como lo es el impuesto especial sobre producción y servicios a que se refiere el citado Decreto, por considerar que otorga un trato diferenciado a las actividades relacionadas con determinados productos, son inoperantes si no se demuestra que con los que éstos se comparan son de características similares, en atención a la compleja configuración del hecho imponible previsto en el artículo 2o. de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Sin embargo, esto no implica que en la medida en la que el legislador establezca supuestos para la configuración de la norma, conlleve a que, bajo la óptica de la garantía de equidad tributaria contenida en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sea imposible su estudio constitucional, sino que será necesario, en primera instancia, que los elementos que se comparen pertenezcan a un grupo homogéneo, pues advertida esta situación, el juzgador estará en aptitud de verificar si la existencia del elemento diferenciador no guarda congruencia con la norma, o bien, que el mismo presente una duda razonable para su introducción. Es decir, el control de constitucionalidad debe realizarse cuando se esté en posibilidad de verificar circunstancias comparables, a fin de cerciorarse de que el elemento introducido por el órgano legislativo es razonable y objetivo para la configuración del tributo.

Amparo en revisión 812/2011. E.G., S. de R.L. de C.V. 22 de febrero de 2012. Cinco votos. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: C.E.M.P..


Amparo en revisión 18/2012. P.B., S.A. de C.V. 22 de febrero de 2012. Cinco votos. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: C.E.M.P..

12 sentencias
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-05-2018 (AMPARO EN REVISIÓN 58/2018)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 2 Mayo 2018
    ...el juzgador esté en aptitud de verificar la congruencia del elemento diferenciador; parámetros que quedaron plasmados en la tesis aislada 1a. XCIV/2012 (10a.), cuyo rubro es: “EQUIDAD TRIBUTARIA. PARA EL ESTUDIO CONSTITUCIONAL DE UNA NORMA A LA LUZ DE ESTA GARANTÍA ES NECESARIO QUE LOS SUPU......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-10-2014 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2922/2014)
    • México
    • SEGUNDA SALA
    • 8 Octubre 2014
    ...es fundamentalmente instrumental y siempre se predica respecto de alguien o algo. Al respecto, es aplicable por analogía la tesis 1a. XCIV/2012 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, L.V., Mayo de 2012, Tomo 1, Materia(s): Constitucional, página 1092, que “......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 16-10-2013 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2699/2013)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 16 Octubre 2013
    ...Tesis Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro VIII, Mayo de 2012, Tomo 1 Materia(s): Constitucional Tesis: 1a. XCIV/2012 Página: 1092 “EQUIDAD TRIBUTARIA. PARA EL ESTUDIO CONSTITUCIONAL DE UNA NORMA A LA LUZ DE ESTA GARANTÍA ES NECESARIO QUE LOS SUPUESTOS DE LA......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-05-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 327/2016)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • 31 Mayo 2017
    ...Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro VIII, Mayo de 2012, Tomo 1 Materia(s): Constitucional Tesis: 1a. XCIV/2012 (10a.) Página: 7“ACTIVO DE LAS EMPRESAS, IMPUESTO AL. EL ARTICULO 1o. DE LA LEY RELATIVA, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD POR NO GRAVAR A ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • Primera Sala
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. II-13 (Séptima Época), Agosto 2012
    • 1 Agosto 2012
    ...LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 19 DE NOVIEMBRE DE 2010). (1a. XCIV/2012 (10a.)) S.J.F. X Época. Libro VIII. T. 1. 1a. Sala, mayo 2012, p. 1092 EXENCIÓN Y NO SUJECIÓN TRIBUTARIAS. REQUISITOS PARA SU ANÁLISIS A LA ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR