Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 30 de Abril de 2012 (Tesis num. 2a. XXVIII/2012 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-04-2012 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. XXVIII/2012 (10a.) |
Fecha de publicación | 30 Abril 2012 |
Fecha | 30 Abril 2012 |
Número de registro | 2000537 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VII, Abril de 2012; Tomo 2; Pág. 1274. 2a. XXVIII/2012 (10a.). |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
El artículo 38, fracción II, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, que faculta a los Ayuntamientos para promover controversias constitucionales, debe interpretarse en concordancia con el diverso 45, fracción II, del propio ordenamiento, que otorga a los síndicos la atribución de procurar, defender y promover los derechos e intereses municipales y representar jurídicamente a los Ayuntamientos en las controversias administrativas y jurisdiccionales en que éstos sean parte. De esta forma, el Ayuntamiento ejerce su facultad para promover controversias constitucionales por conducto del síndico, a quien la ley confiere la representación jurídica de dicho órgano de gobierno, así como la procuración y defensa de los derechos e intereses municipales, sin que, para ello, sea necesario emitir un acuerdo de Cabildo en el que se le otorgue tal atribución, al ser la propia ley la que lo faculta para hacerlo.
Controversia constitucional 46/2010. Municipio de Jiutepec, Estado de Morelos. 19 de octubre de 2011. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.F.F.G.S.. Ponente: S.A.V.H.. Secretaria: M.V.A.S..
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...la demanda cuenta con la facultad de representación del Municipio actor en esta vía; en ese sentido, resulta aplicable la tesis aislada 2a. XXVIII/2012, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. LOS SÍNDICOS DE LOS MUNI......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...a quien compareció en representación del Municipio de Amacuzac, Estado de M., lo que se refuerza con el criterio contenido en la tesis 2a. XXVIII/2012 (10a.),(20) que "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. LOS SÍNDICOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MORELOS SE ENCUENTRAN LEGITIMADOS PARA PROMOVERLA......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...a quien compareció en representación del Municipio de Amacuzac, Estado de M., lo que se refuerza con el criterio contenido en la tesis 2a. XXVIII/2012 (10a.),(18) que "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. LOS SÍNDICOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MORELOS SE ENCUENTRAN LEGITIMADOS PARA PROMOVERLA......
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Ejecutoria num. 227/2021 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2022 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL)
...constitucional y que compareció por conducto de la funcionaria facultada para tal efecto. 29. Sirve de apoyo a lo anterior la tesis 2a. XXVIII/2012 (10a.), de rubro: "CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. LOS SÍNDICOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MORELOS SE ENCUENTRAN LEGITIMADOS PARA 30. Estas c......