Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. 1a. CCCLXIV/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 31-10-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2007792
Número de resolución1a. CCCLXIV/2014 (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2014
Fecha31 Octubre 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo I; Pág. 592. 1a. CCCLXIV/2014 (10a.).
EmisorPrimera Sala
MateriaCivil,Derecho Civil

A consideración de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, si bien la naturaleza subsidiaria de la obligación alimentaria a cargo de los abuelos respecto de sus nietos es constitucional, lo cierto es que los supuestos para que la misma se actualice contenidos en el artículo 357 del Código Civil para el Estado de Guanajuato, consistentes en la falta o imposibilidad de los progenitores, deben ser interpretados acorde al interés superior del menor de edad, para que no se consideren como una barrera infranqueable que en la práctica impida cualquier obligación a cargo de los abuelos. Así, el primer supuesto, consistente en la falta de padres, se refiere a la carencia de los mismos, es decir, la ausencia de las personas que de acuerdo con la ley están obligadas a cubrir alimentos en primer término. El supuesto evidente en que se configura tal situación es el fallecimiento de los progenitores, pero también puede atender a otras circunstancias, tales como la existencia de personas desaparecidas, aquellos padres que no pueden ser ubicados, o aquellos que se desconoce su domicilio o paradero. En suma, se trata de una inconcurrencia de la persona que de modo preferente -debido a una prelación establecida legalmente- tiene la obligación de suministrar alimentos, lo cual genera el impedimento fáctico de exigir su cumplimiento. Por otra parte, el supuesto consistente en la imposibilidad de los progenitores de suministrar alimentos se refiere a la concurrencia de éstos -en virtud de que no han fallecido y se conoce con precisión su ubicación-, lo cual permitiría proceder jurídicamente en su contra, pero existe un aspecto de insuficiencia, esto es, una situación de carencia de bienes o impedimento absoluto por parte del obligado a cubrir los alimentos. En otras palabras, este escenario se actualiza cuando quien se encuentra obligado de manera preferente al pago de alimentos carece de medios o se encuentra incapacitado para proporcionar los mismos, por lo que atendiendo a las necesidades de los menores, existe un obstáculo para que el deudor preferente las satisfaga. Dicho par de supuestos consisten en razones lógicas y objetivas que justifican que los progenitores no suministren alimentos, pues la ausencia de padres o su incapacidad absoluta de cumplir con tales obligaciones, se traducen en escenarios en los cuales se encuentra justificada la carga alimentaria de los abuelos.

Amparo directo en revisión 1200/2014. 8 de octubre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de L., J.R.C.D., J.M.P.R. y A.G.O.M.. Disidente: O.S.C. de G.V., quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretario: J.M. y G..

Esta tesis se publicó el viernes 31 de octubre de 2014 a las 11:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
4 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
    • México
    • Primera Sala
    • August 31, 2016
    ...imposibilidad económica y carencia de bienes, como acontece en el caso. La recurrente afirma que, como se desprende de la tesis aislada 1a. CCCLXIV/2014 (10a.), de esta Primera S.,(11) la imposibilidad a que alude el artículo 239 del código veracruzano se refiere a un aspecto de insuficienc......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-10-2016 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1074/2016)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • October 26, 2016
    ...ocurso mediante el cual se apersonó al juicio de amparo en su calidad de tercero interesado, al parecer se refiere a la tesis aislada 1a. CCCLXIV/2014 de esta Primera Sala de rubro: “ALIMENTOS. REQUISITOS PARA QUE LOS ABUELOS ASUMAN OBLIGACIONES ALIMENTARIAS RESPECTO DE SUS NIETOS MENORES D......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-11-2015 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 468/2015)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • November 4, 2015
    ...imposibilidad económica y carencia de bienes, como acontece en el caso. La recurrente afirma que, como se desprende de la tesis aislada 1a. CCCLXIV/2014 (10a.) de esta Primera Sala,11 la imposibilidad a que alude el artículo 239 del código veracruzano se refiere a un aspecto de insuficienci......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-11-2017 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 1346/2017)
    • México
    • PRIMERA SALA
    • November 22, 2017
    ...SE ACTUALIZA EN LAS LÍNEAS PATERNA Y MATERNA, SÓLO ANTE LA FALTA O IMPOSIBILIDAD DE AMBOS PROGENITORES”, y no así la tesis aislada 1a. CCCLXIV/2014 (10a.), también emitida por esta Primera Sala, de rubro: “ALIMENTOS. REQUISITOS PARA QUE LOS ABUELOS ASUMAN OBLIGACIONES ALIMENTARIAS RESPECTO ......
1 artículos doctrinales
  • Formulario prototipo de la demanda de alimentos
    • México
    • Manual del juicio de alimentos
    • May 10, 2018
    ...de cumplir con tales obligaciones, se traducen en escenarios en los cuales se encuentra justificada la carga alimentaria de los abuelos. 1a. CCCLXIV/2014 CARGA DE LA INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. CARGA DE LA PRUEBAES DEL DEMANDADO . Corresponde al demandado, en su carácter de......
2 modelos
  • Demanda prototipo de alimentos
    • México
    • Formularios en materia civil Juicio de alimentos
    • September 11, 2018
    ...de cumplir con tales obligaciones, se traducen en escenarios en los cuales se encuentra justificada la carga alimentaria de los abuelos. 1a. CCCLXIV/2014 CARGA DE LA PRUEBA INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. CARGA DE LA PRUEBAES DEL DEMANDADO Corresponde al demandado, en su caráct......
  • Demanda de alimentos en divorcio o separación
    • México
    • Formularios en materia civil Juicio de alimentos
    • October 10, 2018
    ...de cumplir con tales obligaciones, se traducen en escenarios en los cuales se encuentra justificada la carga alimentaria de los abuelos. 1a. CCCLXIV/2014 CARGA DE LA PRUEBA INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. CARGA DE LA PRUEBAES DEL DEMANDADO Corresponde al demandado, en su caráct......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR