Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 24 de Junio de 2016 (Tesis num. 1a. CLXXXI/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 24-06-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CLXXXI/2016 (10a.)
Fecha de publicación24 Junio 2016
Fecha24 Junio 2016
Número de registro2011942
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CLXXXI/2016 (10a.)

El artículo citado establece el derecho humano de la persona extranjera detenida a ser informada, sin dilación, acerca de los derechos que reconoce a su favor la propia Convención. Ahora bien, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que el término "sin dilación" significa inmediatamente tras la privación de la libertad, por lo que las autoridades del Estado receptor están obligadas a informarle a la persona extranjera detenida de los derechos que el artículo referido le reconoce, desde el momento de la detención y siempre antes de que rinda su primera declaración ante cualquier autoridad.

Amparo directo 72/2012. 15 de mayo de 2013. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., quien formuló voto concurrente, J.R.C.D., A.G.O.M., quien formuló voto concurrente, O.S.C. de G.V., quien formuló voto concurrente y J.M.P.R.. Ponente: J.R.C.D.. Secretario: J.V.S.V..

Esta tesis se publicó el viernes 24 de junio de 2016 a las 10:24 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
5 sentencias

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