Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 11 de Noviembre de 2016 (Tesis num. 1a. CCXLIV/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 11-11-2016 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CCXLIV/2016 (10a.)
Fecha de publicación11 Noviembre 2016
Fecha11 Noviembre 2016
Número de registro2012974
EmisorPrimera Sala
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CCXLIV/2016 (10a.)

El hecho de que al momento de promover un juicio de amparo directo mediante el empleo de las tecnologías de la información, no se haya celebrado aún el convenio de coordinación respectivo entre los Poderes Judiciales Local y Federal, para el reconocimiento de certificados digitales homologados, no puede dar pie a que se considere actualizada la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 6o., ambos de la Ley de Amparo, por incumplir con el principio de instancia de parte agraviada; ello, siempre y cuando la demanda de origen cuente con la firma electrónica autorizada por los Poderes Judiciales Locales, y que constituya la manifestación inequívoca de la voluntad del quejoso de instar el medio de control constitucional de que se trata, pues aun cuando esa firma no sea la autorizada o reconocida por el Consejo de la Judicatura Federal, la inexistencia del aludido convenio no puede atribuirse al quejoso, máxime que el amparo directo surge en razón de un proceso jurisdiccional previo del orden común, y su promoción se realiza por conducto de la autoridad responsable al efecto.

Amparo directo en revisión 565/2016. 29 de junio de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de L., J.R.C.D., N.L.P.H. y A.G.O.M.. Ausente y Ponente: J.M.P.R.; en su ausencia hizo suyo el asunto A.Z.L. de L.. Secretario: A.C.R..

Esta tesis se publicó el viernes 11 de noviembre de 2016 a las 10:22 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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