Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 16 de Marzo de 2018 (Tesis num. 1a. XXII/2018 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 16-03-2018 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XXII/2018 (10a.) |
Fecha de publicación | 16 Marzo 2018 |
Fecha | 16 Marzo 2018 |
Número de registro | 2016423 |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. XXII/2018 (10a.) |
Emisor | Primera Sala |
En un Estado constitucional de derecho todas las autoridades deben respetar la Constitución. Así, aun cuando el Poder Legislativo tenga una función de la máxima importancia dentro nuestro orden constitucional y ésta se le haya encomendado de manera exclusiva -aunque con cierta intervención del Poder Ejecutivo-, también se encuentra sometido a la Constitución. En consecuencia, cuando exista una omisión legislativa el Poder Legislativo no es libre para decidir no legislar. En efecto, cuando la Constitución establece un deber de legislar respecto de algún tema en específico a cargo del Poder Legislativo, el ejercicio de la facultad de legislar deja de ser discrecional y se convierte en una competencia de ejercicio obligatorio. En este escenario, la única manera de mantener un estado de regularidad constitucional es que los tribunales de amparo estén en aptitud de determinar si en un caso concreto una omisión de legislar se traduce además en una vulneración a los derechos de las personas. En esta lógica, sostener la improcedencia del juicio amparo contra omisiones legislativas cuando se alega que vulneran derechos fundamentales implicaría desconocer la fuerza normativa a la Constitución, situación que es inaceptable en un Estado constitucional de derecho. Así, cuando exista un mandato constitucional expreso dirigido al Poder Legislativo en el que se le imponga claramente el deber de legislar o de hacerlo en algún sentido específico, los tribunales de amparo tienen la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la Constitución. Particularmente, tienen el deber de proteger a las personas frente a las omisiones del legislador, garantizando que éstas no se traduzcan en vulneraciones de sus derechos fundamentales.
Amparo en revisión 1359/2015. Campaña Global por la Libertad de Expresión A19, A.C. 15 de noviembre de 2017. Mayoría de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de L., J.R.C.D., A.G.O.M. y N.L.P.H., quienes formularon voto concurrente. Disidente: J.M.P.R., quien formuló voto particular. Ponente: A.Z.L. de L.. Secretarios: J.I.M.S. y A.B.Z..
Esta tesis se publicó el viernes 16 de marzo de 2018 a las 10:19 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-06-2019 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS) 54/2018)
...publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 52, Marzo de 2018, Tomo I, página 1097. 9 Tesis 1a. XXII/2018 (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 52, Marzo de 2018, Tomo I, página 1099. 10 Tesis 1a. ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-07-2020 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 86/2020)
...Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro VII, Abril de 2012, Tomo 2, página 1059. 16 De dicho asunto se obtuvieron las tesis 1a. XXII/2018, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 52, Marzo de 2018, Tomo I, página 1099, con número de registro 2016423, de r......
-
Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
...Tingni Vs. Nicaragua. Fondo, reparaciones y costas. Sentencia del 31 de agosto de 2001, Serie C, 79, párr. 149. 67. Cfr., tesis aislada 1a. XXII/2018 (10a.), de título y subtítulo: "OMISIONES LEGISLATIVAS. LOS TRIBUNALES DE AMPARO TIENEN FACULTADES PARA ORDENAR LA RESTITUCIÓN DE LOS DERECHO......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-11-2019 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 712/2019)
...cuando éstos hayan sido violados por.” (Registro 2016423; [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; G.S.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo I; P.. 1099. 1a. XXII/2018 [10a.]); “Concepto de omisión como actos de autoridad.” (Registro 2016418; [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; G.S.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo I; ......
-
La omisión legislativa como supuesto de responsabilidad patrimonial del Estado, en México: Análisis del derecho a una indemnización a través del juicio de amparo
...es discrecional, al tratarse de un deber establecido en la Constitución se vuelve una compe-tencia de ejercicio obligatorio (2018, Tesis 1a. XXII/2018 Por ello el juez de constitucionalidad al momento de emitir la sen-tencia no despliega una voluntad propia, sino que lo que hace es exten-de......