Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 23 de Agosto de 2019 (Tesis num. 1a. LXXII/2019 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 23-08-2019 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2020453 |
Número de resolución | 1a. LXXII/2019 (10a.) |
Fecha de publicación | 23 Agosto 2019 |
Fecha | 23 Agosto 2019 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Penal |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. LXXII/2019 (10a.) |
El valor pleno de la prueba documental pública que le confiere el artículo 280 del Código Federal de Procedimientos Penales, abrogado, no es absoluto, ya que si bien los documentos públicos hacen prueba plena, tal categoría puede ser desvirtuada por las partes, ya que tienen la oportunidad de objetarlos de falsos y pedir su cotejo con los originales existentes en los archivos, esto es, confiere oportunidad a quien los impugna de aportar las pruebas o agotar los medios pertinentes para desvirtuarlos. Así, el valor legal que se asigna a la documental pública, en torno a que hace prueba plena, goza de una presunción de validez, que las partes tienen el derecho de demostrar su falsedad, pues cuando existe colisión entre el documento público con otros medios de prueba, la veracidad del documento puede desvirtuarse mediante la valoración de una prueba en contrario. Por lo que, el documento público hace prueba plena hasta en tanto no sea demostrada su falsedad, luego, tal valor corresponde a un aspecto de autenticidad no de eficacia probatoria, ya que la falsedad del documento está en función de verificar los requisitos formales de su emisión como la autoría del documento por un funcionario público, revestido de fe pública, dentro de sus límites de competencia, y que la calidad de público se demuestra por la existencia regular, sobre los documentos, los sellos, firmas u otros signos exteriores que, en su caso, prevengan las leyes, tal como se advierte del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles. En ese orden de ideas, si bien se ha asociado la expresión prueba plena con el documento público, como una regla legal de valoración, ese término no debe entenderse dirigido a su eficacia o alcance probatorio, sino que se limita a una dimensión formal o adjetiva de la prueba, es decir, a la protección de la documental pública respecto de sus elementos formales frente a su imputación basada en otros medios de prueba
Amparo directo en revisión 945/2018. A.L.S.. 8 de mayo de 2019. Cinco votos de los Ministros Norma Lucía P.H., L.M.A.M., J.M.P.R., A.G.O.M. y J.L.G.A.C., quien formuló voto concurrente. Ponente: N.L.P.H.. Secretario: S.M.O..
Esta tesis se publicó el viernes 23 de agosto de 2019 a las 10:31 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Sentencia 1066/2022 de Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, 2022
...Sirve de apoyo a lo anterior, la siguiente tesis: Registro digital: 2020453 Instancia: Primera Sala Decima Epoca Materia(s): Penal Tesis: 1a. LXXII/2019 Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federacion. Libro 69, Agosto de 2019, Tomo II, pagina 1315 Tipo: Aislada DOCUMENTAL PUBLICA. E......
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Ejecutoria num. 168/2020 Y SU ACUMULADA 177/2020 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 02-06-2023 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...de registro digital: 184349, respectivamente. Las tesis de jurisprudencia 2a./J. 140/2017 (10a.) y 1a./J. 18/2014 (10a.) y aisladas 1a. LXXII/2019 (10a.) y 1a. XXXV/2017 (10a.) citadas en esta sentencia, también aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 6 ......
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Sentencia con número de expediente 62/2022. Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-09-07
...cobra sustento la siguiente jurisprudencial: Registro digital: 2020453, Instancia: Primera Sala, Décima Época, Materia(s): Penal, Tesis: 1a. LXXII/2019 (10a.), Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 69, Agosto de 2019, Tomo II, página 1315, Tipo: Aislada, “DOCUMENTAL ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-05-2022 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 168/2020)
...y G. Alcántara Carrancá (P.), quien se reservó el derecho de formular voto concurrente. De esta decisión derivó, entre otras, la tesis 1a. LXXII/2019 (10a.) de rubro: “DOCUMENTAL PÚBLICA. EL VALOR PROBATORIO QUE ASIGNA EL ARTÍCULO 280 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, ABROGADO, ......