Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 22 de Noviembre de 2019 (Tesis num. 1a. C/2019 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 22-11-2019 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. C/2019 (10a.) |
Fecha de publicación | 22 Noviembre 2019 |
Fecha | 22 Noviembre 2019 |
Número de registro | 2021099 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional,Derecho Penal |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. C/2019 (10a.) |
La Primera S. de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la citada jurisprudencia de rubro: "DEFENSA ADECUADA. FORMA EN QUE EL JUEZ DE LA CAUSA GARANTIZA SU VIGENCIA.", sostuvo que el derecho de defensa adecuada se garantiza esencialmente si el inculpado es asistido por un abogado defensor y no se obstaculiza de ninguna manera el trabajo de la defensa. De igual modo, estableció que el referido derecho no debe llegar a ciertos extremos, entre ellos: a) vigilar la estrategia de la defensa; b) justipreciar la capacidad o incapacidad técnica del abogado defensor; y, c) que el incumplimiento de los deberes de la defensa deba evaluarse por el juzgador, sino que en todo caso podrían ser materia de responsabilidad profesional. Ahora bien, la armonización de la doctrina constitucional del Alto Tribunal con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y una nueva reflexión sobre el tema, llevan a esta Primera S. a separarse parcialmente del criterio plasmado en la tesis citada, específicamente en lo referido a las consideraciones señaladas en los incisos b) y c), pues se reconoce que parte del núcleo esencial del derecho a gozar de una defensa adecuada lo constituye el cumplimiento de que ésta cumpla con su aspecto material, es decir, que el abogado satisfaga un estándar mínimo de diligencia en el cumplimiento de sus deberes, lo que además debe ser controlado por el Juez en su calidad de garante y rector del procedimiento penal. Esto, porque una verdadera defensa adecuada no puede limitarse a meros aspectos procesales o de trámite, pues el solo nombramiento de un licenciado en derecho para que asuma la defensa no satisface ni efectiviza, por sí mismo, el derecho a gozar de una defensa material, sino que se requiere que se implementen todas las medidas necesarias para garantizar que el imputado tiene la asistencia de una persona capacitada para defenderlo. No obstante, una vez satisfecho ese estándar mínimo, el Juez debe abstenerse de controlar la bondad y eficacia de la estrategia defensiva adoptada o el resultado de ésta, en virtud de la autonomía en su diseño por el defensor nombrado.
Amparo directo en revisión 1182/2018. 3 de mayo de 2019. Mayoría de tres votos de los Ministros Norma Lucía P.H., A.G.O.M., quien formuló voto aclaratorio, y J.L.G.A.C.. Disidentes: L.M.A.M. y J.M.P.R., quien formuló voto particular. Ponente: J.L.G.A.C.. Secretaria: A.M.Z.B..
Amparo directo en revisión 1183/2018. 3 de mayo de 2019. Mayoría de tres votos de los Ministros Norma Lucía P.H., A.G.O.M., quien formuló voto aclaratorio, y J.L.G.A.C.. Disidentes: L.M.A.M. y J.M.P.R., quien formuló voto particular. Ponente: J.L.G.A.C.. Secretaria: A.M.Z.B..
Nota: Esta tesis se publicó el viernes 22 de noviembre de 2019 a las 10:33 horas en el Semanario Judicial de la Federación, y en virtud de que abandona parcialmente el criterio sostenido por la propia S. en la jurisprudencia 1a./J. 12/2012 (9a.), de rubro: "DEFENSA ADECUADA. FORMA EN QUE EL JUEZ DE LA CAUSA GARANTIZA SU VIGENCIA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Libro X, Tomo 1, julio de 2012, página 433, con número de registro digital: 160044, esta última dejó de considerarse de aplicación obligatoria a partir del lunes 25 de noviembre de 2019.
Esta tesis se publicó el viernes 22 de noviembre de 2019 a las 10:33 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Sentencia con número de expediente 391/2022. Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, 2022-09-22
...este hecho, ello en virtud de que es la primera diligencia en el proceso en la cual participa directamente el imputado. Así como la tesis 1a. C/2019 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada el viernes 22 de noviembre de 2019 en el Semanario Judicial ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-07-2020 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 7477/2018)
...lo que además debe ser controlado por el tribunal en su calidad de garante y rector del procedimiento penal. De lo anterior emanó la tesis 1a. C/2019 (10a.)17: DEFENSA ADECUADA EN SU VERTIENTE MATERIAL. NO SE SATISFACE ESTE DERECHO, CON EL SOLO NOMBRAMIENTO DE UN LICENCIADO EN DERECHO PARA ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-07-2021 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6243/2019)
...en revisión 1182/2018 y 1183/201823, en los que determinó abandonar parcialmente la aludida jurisprudencia, para dar origen a la tesis 1a. C/2019, de rubro: “DEFENSA ADECUADA EN SU VERTIENTE MATERIAL. NO SE SATISFACE ESTE DERECHO, CON EL SOLO NOMBRAMIENTO DE UN LICENCIADO EN DERECHO PARA LA......
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...3 de mayo de 2019, bajo la Ponencia del Ministro J.L.G.A.C., por mayoría de tres votos. 3 Tesis 1a. CII/2019 (10a.), 1a. CIV/2019 (10a.), 1a. C/2019 (10a.), 1a. CIII/2019 (10a.), 1a. CI/2019 (10a.). Décima Época. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 72, noviembre de 2019, ......
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