Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 5 de Marzo de 2021 (Tesis num. 1a. IV/2021 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 05-03-2021 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. IV/2021 (10a.)
Fecha de publicación05 Marzo 2021
Fecha05 Marzo 2021
Número de registro2022760
MateriaAdministrativa, Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación
EmisorPrimera Sala

Hechos: En una demanda de amparo indirecto se impugnó la omisión del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) de ejercer sus facultades de recabar y emitir información estadística sobre asentamientos humanos informales o irregulares.


Criterio jurídico: Para determinar la existencia o certeza de los actos consistentes en la omisión de una autoridad de ejercer alguna de las facultades que se estime le corresponden es suficiente advertir, someramente, la coherencia o viabilidad del argumento respectivo en relación con el marco jurídico general que rija la actuación de la autoridad a la que se atribuya la referida omisión.


Justificación: Lo anterior es así, porque el estudio sobre la certeza de los actos reclamados no debe propiciar denegación de justicia al involucrar en ese análisis el estudio del fondo del asunto, lo que podría ocurrir cuando se pretenda corroborar con precisión si la autoridad a la que se atribuyan actos omisivos cuenta o no con las facultades para ejercerlos.

Amparo en revisión 635/2019. Un Techo para mi País México, A.C. 17 de junio de 2020. Cinco votos de los Ministros Norma Lucía Piña Hernández, Ana Margarita Ríos Farjat, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien formuló voto concurrente, y Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien reservó su derecho para formular voto concurrente. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretario: Luis Mauricio Rangel Argüelles.

Esta tesis se publicó el viernes 05 de marzo de 2021 a las 10:08 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
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