Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Julio de 2011 (Tesis num. 1a. CXXXI/2011 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-07-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CXXXI/2011
Fecha de publicación01 Julio 2011
Fecha01 Julio 2011
Número de registro161593
Localizador9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Julio de 2011; Pág. 295
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional,Derecho Fiscal,Derecho Constitucional

El citado precepto, al establecer que los contribuyentes que habitualmente realicen juegos con apuestas y sorteos en establecimientos fijos tienen la obligación formal de llevar un sistema de cómputo central, así como de proporcionar permanentemente, en línea y en tiempo real, la información respecto de operaciones y registros de la empresa en los sistemas centrales de juegos con apuestas, de caja y de control de efectivo, no viola la garantía de igualdad contenida en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que la distinción establecida por el legislador es razonable y obedece a un fin objetivo y constitucionalmente válido: el control de obligaciones fiscales sustantivas a cargo de los particulares, a fin de corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, acorde con la naturaleza de las actividades gravadas, considerando que los citados contribuyentes cuentan con la capacidad tecnológica y administrativa para instrumentar los sistemas de cómputo y proporcionar la información en línea requerida por las autoridades fiscales.

Amparo en revisión 706/2010. Espectáculos Latinoamericanos Deportivos, S.A. de C.V. 10 de noviembre de 2010. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretaria: D.R.A..

1 sentencias

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