Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro344695
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal
EmisorPleno

Si un juicio se siguió en rebeldía de la parte demandada, tácitamente se aceptaron las prestaciones objeto de la demanda, y si al enderezarse ese juicio contra la Federación, por haber adquirido está el inmueble sobre el que versaba la acción real intentada, el procurador general de la República, con quien se siguieron entendiendo las diligencias respectivas, en su carácter de representante legal del Gobierno Federal, continuó en esa misma actitud pasiva, no existe base de controversia alguna respecto del monto y calidad de las prestaciones objeto de la demanda, motivo por el que debe condenarse a la Federación al pago de tales prestaciones, sin perjuicio de la liquidación de los intereses vencidos.

Juicio ordinario federal 23/45. Banco Internacional e H. de México, S. A. 29 de septiembre de 1949. Unanimidad de dieciséis votos y por mayoría de diez votos por que no se condenara en costas y gastos a la nación , y que no se hiciera trance y remate del inmueble hipotecado para cubrir a la actora las prestaciones que demandó y cuyo pago se condena a la nación. Disidentes: T.O. y Leyva, E.P.A., A.M.A., O.M.G., F. de la Fuente y R.E.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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