Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro305270
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Procesal
EmisorPleno

Si la sujeción a proceso se verificó por un delito del orden común, y ni el agente social al ejercitar la acción penal, ni el Juez de los autos, tomaron en cuenta un delito del orden federal, es incuestionable que la Suprema Corte al decidir la competencia, no puede cambiar la clasificación de un delito, pues que de hacerlo, de manera notoria se excedería en sus facultades, debiendo resolver la competencia a favor del Juez del orden común.

Competencia 113/44. Suscitada entre los Jueces Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz y de Primera Instancia de Ozuluama, Veracruz. 12 de junio de 1945. Unanimidad de dieciséis votos. Ausente: H.M.. E.V., R.E. y N.G.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo LXXXIV, página 2962. I.A.. Competencia 79/44. Suscitada entre el Juez de Distrito del Estado de Chiapas y el Juez Mixto de Primera Instancia de Simojovel, Chiapas. 12 de junio de 1945. Unanimidad de dieciséis votos. Ausente: H.M.. E.V., R.E. y N.G.. Ponente: F. de la Fuente.

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