Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro292243
MateriaComún
EmisorPleno

El amparo que contra él se promueva es de la competencia del Juez de Distrito respectivo.

Amparo civil indebidamente interpuesto ante la Suprema Corte. A.M.G.. 16 de octubre de 1917. Mayoría de nueve votos, respecto del primer punto resolutivo y mayoría de diez votos, por lo que hace al segundo. Disidentes: A. de Valle y A.M.G.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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