Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro291586
EmisorPleno
MateriaAdministrativa

Los preceptos de la primera no deben aplicarse aisladamente, sino en relación con el segundo, y, en los casos de oposición entre ambos textos, debe prevalecer el segundo, por que la expresada ley contiene, solamente, el germen de los principios que alcanzaron completo desarrollo en el artículo citado.

Amparo administrativo en revisión. De Salceda y E.R.G. 3 de abril de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: M.E.C., E.G.P., S.M.A., V.P. y J.M.T.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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