Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro284913
EmisorPleno
MateriaCivil

La legislación civil de Jalisco concede al embargado el derecho de oponer excepciones dentro de los tres días siguientes al embargo, y aunque los términos improrrogables se cuentan desde el mismo día en que se notifica la resolución que los establece, y el término para oponerse a la ejecución es improrrogable, ante el mandamiento expreso de los preceptos de la ley de Jalisco, el deudor tiene expedito su derecho, dentro de los tres días siguientes al embargo, y no procede contar el término de otra manera.

Amparo civil en revisión. M. viuda de F.A.. 9 de febrero de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: J.G.V., F.D.L., T.H.O. y E.G.P.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR